Tema 30, cálculo BCCC en jornada parcial
8/11/2022 10:23:37 Laura
Tema 30, cálculo BCCC en jornada parcial
Hola Maite. Estudiando el tema 30
me surge una duda práctica. A la hora de calcular la BCCC en los casos de
jornada parcial, ¿sería esta la fórmula: devengos salariales + extrasalariales
que coticen + prorrata pagas extra+ horas complementarias? Leyendo el tema, me
ha sorprendido que se incluya en la BCCC las horas complementarias, puesto que
serían las equivalentes a las horas extra en contratos a jornada completa, pero
en este último caso no se incluyen las horas extra a la hora de hallar la BCCC.
Gracias por la aclaración. Un saludo
Buenas tardes Laura,
Para determinar la base de cotización por
contingencias comunes en el supuesto de contrato a tiempo parcial deben tenerse
en cuenta las horas complementarias y ello, según queda establecido en el
artículo 35 de la Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se desarrollan
las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección
por cese de actividad, FOGASA y formación profesional para el ejercicio 2022,
cuyo tenor literal es el siguiente:
1. La cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de
Garantía Salarial y formación profesional derivada de los contratos de trabajo
a tiempo parcial se efectuará en razón de la remuneración efectivamente
percibida en función de las horas trabajadas en el mes que se considere.
2. Para determinar la base de
cotización mensual correspondiente a las contingencias comunes se aplicarán las
siguientes normas:
Primera. Se computará la
remuneración devengada por las horas ordinarias y complementarias en el mes a
que se refiere la cotización, cualquiera que sea su forma o denominación, con
independencia de que haya sido satisfecha diaria, semanal o mensualmente.
Segunda. A dicha remuneración se
adicionará la parte proporcional que corresponda en concepto de descanso
semanal y festivos, pagas extraordinarias y aquellos otros conceptos
retributivos que tengan una periodicidad en su devengo superior a la mensual o
que no tengan carácter periódico y se satisfagan dentro del año natural.
Te
dejo enlace a la orden de referencia,
Un saludo.
Maite