Caso 9, devengos de pagas extra y vacaciones en el cálculo de la liquidación

Daniel también pregunta:

Buenos días Jose Antonio.

En este caso no entiendo con respecto al calculo de la paga extra que debe percibir el trabajador por su finalización de contrato, el procedimiento para hallar la misma;

Extra de Navidad: 180/360 x (850 + 750) = 800,00 €.

·Extra de julio: 75/360 x (850 + 750) = 333,33 €

No comprendo este razonamiento 180/360 ni en el caso de la siguiente paga 75/360

Por ejemplo en el caso de la paga de navidad y al ser anual el devengo, le correspondería 9 meses a la hora de calcular esa paga, por eso no entiendo el razonamiento.

Mismo caso, me ocurre con la confección del pago de las vacaciones.
Si es baja el 30/09 y no ha disfrutado ningun día, no entiendo este resultado ; ·6/12 x (850 + 750) = 800,00 €.

¿Me lo podrías explicar?

Gracias de antemano.

Respuesta.

Hola Daniel, respecto a la liquidación de las pagas extra tenemos que tener en cuenta el devengo de las mismas. En este caso las pagas extra son de devengo anual, es decir, que hay que trabajar todo un año para tener derecho a las mismas. De tal manera que:

1)     Paga extra de Navidad.

a)     Período de cómputo: 1 de abril de 2022 (alta) hasta 30 de septiembre de 2022 (baja), 180 días.

b)     Período de devengo: 360 días (1 año).

c)     Importe de la paga: (180/360 días) * (850 + 750) = 800,00 €

2)     Paga extra de verano.

a)   Período de cómputo: 16 de julio de 2022 (alta) hasta 30 de septiembre de 2022 (baja), 75 días (teniendo en cuenta retribución mensual, todos los meses computan a 30 días).

b)      Período de devengo: 360 días (1 año).

c)       Importe de la paga: (75/360 días) * (850 + 750) = 333,33 €

3) En cuanto a las vacaciones. Si el contrato tiene duración 6 meses le correspondería la parte proporcional:

30 días de vacaciones…………………………………..360 días de trabajo

X días de vacaciones…………………………………….180 días de trabajo

De esta manera tendríamos el siguiente reparto:

       (180/360 días)* 30 días de vacaciones = 15 días de vacaciones

[(850 € + 750 €)/30 días] * 15 días = 800 €

Si no las ha disfrutado tendrían que incluirse en la liquidación.

¡Saludos!


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