Consideración sobre prorrateo de pagas extra en 360 ó 365 días

 Guadalupe nos deja las siguientes cuestiones:

Buenas tardes,

Tras revisar las presentaciones con ejercicios prácticos de nóminas me surgen las siguientes dudas:

1.  1. En relación a la nómina parcial de la presentación 3, diapositiva 12, no me ha quedado claro a qué se refiere con: "A dichas retribuciones se adicionará la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y otros conceptos de periodicidad superior a la mensual". En el ejercicio práctico no he visto como queda eso reflejado.

Respuesta.

Ciertamente Guadalupe, la retribución en el contrato a tiempo parcial la podemos calcular en base al porcentaje de jornada a realizar o partiendo de un número de horas semanales y a la que habría que adicionar las horas del descanso semanal e incluir también la retribución de las pagas extras en forma de prorrata.

2.   2. En la misma presentación, diapositiva 19: agradecería aclaración de cómo se ha obtenido el número de días:

Extra de Navidad: 280/360 x (850 + 750) = 1.244,44 €.

Sin embargo, he calculado que desde el 1 de enero a 30 de septiembre serían 300 días

•Extra de julio: 75/360 x (850 + 750) = 333,33 €

En mi opinión, desde el 1 de julio al 30 de septiembre= 90 días.

Respuesta.

Hemos corregido el ejercicio. El cómputo de los días se ha realizado en base a considerar que todos los meses tienen 30 días y en base a un reparto sobre 360 días ya que el trabajador es de retribución mensual (en ese caso se considera que todos los meses tienen 30 días).

3. 3. Por último, para el cálculo de las vacaciones que le correspondería en la liquidación al trabajador, ¿se cuentan los días exactos que ha trabajado en la empresa o se entiende que todos los meses tienen 30 días? He visto los ejemplos que nos has subido pero tengo la sensación de haber visto en algún caso de internet u otra plataforma que lo hacían diferente y es solo por asegurar.

Respuesta.

Como hemos comentado la distribución se realiza en función de:

a)  a) Retribución mensual. El reparto proporcional se realiza sobre 360 días de base. Todos los meses tienen 30 días.

b) b) Retribución diaria. El reparto proporcional se realiza sobre 365 días de base. Los meses tienen los días que les corresponden (enero, 30; febrero, 28 ó 29; marzo, 31; abril, 30…)

Saludos.


Entradas populares de este blog

Cálculo del salario diario para el abono de las retribuciones mensuales en meses incompletos